Mota aprueba una ordenanza para regular el tránsito y vertido de purines con multas de hasta 3.000 euros
Mota aprueba una ordenanza para regular el tránsito y vertido de purines con multas de hasta 3.000 euros

Mota aprueba una ordenanza para regular el tránsito y vertido de purines con multas de hasta 3.000 euros

La norma establece limitaciones al almacenamiento, transporte y distribución "con el fin de reducir al máximo las molestias que dichas actividades pudieran ocasionar"

El Ayuntamiento de Mota del Cuervo ha aprobado una ordenanza municipal para regular el tránsito y vertido de residuos ganaderos en el término municipal.

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicado este lunes recoge que "el objeto de la presente ordenanza es el de regular el almacenamiento, transporte y distribución en las parcelas, de los estiércoles de las explotaciones ganaderas líquidos (purines) con el fin de reducir al máximo las molestias que dichas actividades pudieran ocasionar". El régimen sancionador establece las correspondientes multas para las infracciones leves (300 a 500 euros), graves (501-1.500 euros) y muy graves (1.501-200 euros). Asimismo, destaca que "únicamente se podrán verter residuos ganaderos en fincas rústicas de labor situadas a una distancia mínima de 3 km del casco urbano o urbanizable (...) procediéndose a su enterramiento en el mismo momento del vertido".

La normativa municipal establece, en su artículo 10, que "queda prohibido el vertido dentro de los siguientes límites: A) A menos de 50 metros de vías de comunicación de la red viaria nacional, regional o local. B) A menos de 50 metros de montes Catalogados de Utilidad Pública. C) A menos de 300 metros de conducciones y depósitos de almacenamiento de agua potable del municipio. D) A menos de 500 metros de pozos y manantiales de abastecimiento para la población y E) A menos de 50 metros de los cauces de agua.

Entre diferentes consideraciones técnicas y ambientales, la ordenanza también estipula la prohibición de verter residuos ganaderos desde el 1 de Junio al 15 de septiembre, así como los sábados, domingos y festivos, así como durante las fiestas patronales.

VER Ordenanza Municipal

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Fuente:VocesdeCuenca.com


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